domingo, 12 de febrero de 2012

Constitución del 45

CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA (23 de mayo de 1845)

SOBERANÍA Compartida entre el Rey y las Cortes

DERECHOS

FUNDAMENTALES

No se consagran. De modo explícito se reconoce el derecho a los

españoles de imprimir y publicar sus ideas sin censura previa.

DIVISIÓN DE

PODERES

No se proclama. La potestad de hacer las leyes reside en las

Cortes, con el rey que es el jefe del poder ejecutivo.

SUFRAGIO Senado: censitario entre altos cargos, nobles, eclesiásticos y

militares.

Congreso de los diputados: directo y censitario, nombrado por las

juntas electorales en la forma en que determina la ley.

PARLAMENTO Bicameral: Senado y Congreso. Los senadores son nombrados por

el rey de entre una serie de altos cargos, nobles eclesiásticos y militares que tengan una renta determinada

FORMA DE

GOBIERNO

Monarquía moderada y hereditaria

OTROS DATOS • Fue promulgada por Isabel II

Consta de 80 artículos IDEOLOGÍA Moderada

VIGENCIA 1845 – 1854

1856 – 1868

CUESTIÓN

RELIGIOSA

Católica

Religión oficial

• Confesionalidad del Estado

No hay comentarios:

Publicar un comentario