domingo, 12 de febrero de 2012

Constitución 1931

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA ESPAÑOLA (9 de diciembre de 1931)

SOBERANÍA Popular. Los poderes de todos los órganos de la República

emanan del pueblo.

DERECHOS

FUNDAMENTALES

Se proclama en su título III un extenso conjunto de derechos

y libertades públicas.

DIVISIÓN DE

PODERES

Se proclama. El Gobierno necesita la confianza de las Cortes

y del presidente de la República.

SUFRAGIO Universal, igual, directo y secreto. Por primera vez pueden

ser elegidos y elegibles todos los ciudadanos sin distinción

de sexo ni de estado civil.

PARLAMENTO Unicameral, denominado Cortes o Congreso, que ejerce la

potestad legislativa.

FORMA DE

GOBIERNO

República democrática de trabajadores. La República

constituye un Estado integral compartido con la autonomía Se reconoce el derecho a las mujeres a votar y ser

elegidas

¾ Se crea el Tribunal de Garantías Constitucionales

de municipios y regiones.

OTROS DATOS ¾ Estado laico: disuelve las órdenes religiosas

¾ Promulgada por el presidente de las Cortes

¾ Consta de 125 artículos y dos disposiciones transitoria IDEOLOGÍA Progresista. Democrática

VIGENCIA 1931 - 1939

CUESTIÓN

RELIGIOSA

Separación Iglesia – Estado Aconfesionalidad

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