Suspensión de
[ ... ] declaro que mi real ánimo es no solamente no jurar ni acceder a dicha Constitución ni a decreto alguno de las Cortes generales y extraordinarias, y de las ordinarias actualmente abiertas, a saber, los que sean depresivos de los derechos y prerrogativas de mi soberanía, establecidos por la constitución y las leyes en que de largo tiempo la nación ha vivido, sino el declarar aquella constitución y tales decretos nulos y de ningún valor y efecto, ahora si en tiempo alguno como si no hubiesen pasado jamás tales actos, y se quitasen de en medio del tiempo, y sin obligación en mis pueblos y súbditos, de cualquiera clase y condición, a cumplirlos ni guardarlos. Y corno el que quisiere sostenerlos, y contradijese esta mi real declaración, tomada con dicho acuerdo y voluntad atentaría contra las prerrogativas de mi soberanía y la felicidad de la nación, y causaría turbación y desasosiego en mis reinos, declaro reo de lesa Majestad a quien osare o intentara, y que como a tal se le imponga la pena de la vida, ora lo ejecute de hecho, ora por escrito o de palabra, moviendo o incitando, o de cualquier modo exhortado y persuadiendo a que se guarden y observen dicha constitución y decretos [ ... ] hasta que oídas las. Cortes que llamaré, se asiente el orden estable de esta parte del gobierno del reino. Y desde el día en que este mi decreto se publique y fuere comunicado al presidente que a la sazón lo sea de las Cortes que actualmente se hallan abiertas. Cesarán éstas en sus sesiones [ ... ] y a cualquiera que trate de impedir la ejecución de esta parte de mi real decreto, de cualquier modo que lo haga, igualmente le declaro reo de lesa Majestad, y que a como tal se le imponga la pena de vida [ ... ]
Dado en Valencia a 4 de Mayo de 1814. Yo el Rey.
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