CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA (23 de mayo de 1845)
SOBERANÍA Compartida entre el Rey y las Cortes
DERECHOS
FUNDAMENTALES
No se consagran. De modo explícito se reconoce el derecho a los
españoles de imprimir y publicar sus ideas sin censura previa.
DIVISIÓN DE
PODERES
No se proclama. La potestad de hacer las leyes reside en las
Cortes, con el rey que es el jefe del poder ejecutivo.
SUFRAGIO Senado: censitario entre altos cargos, nobles, eclesiásticos y
militares.
Congreso de los diputados: directo y censitario, nombrado por las
juntas electorales en la forma en que determina la ley.
PARLAMENTO Bicameral: Senado y Congreso. Los senadores son nombrados por
el rey de entre una serie de altos cargos, nobles eclesiásticos y militares que tengan una renta determinada
FORMA DE
GOBIERNO
Monarquía moderada y hereditaria
OTROS DATOS • Fue promulgada por Isabel II
Consta de 80 artículos IDEOLOGÍA Moderada
VIGENCIA 1845 – 1854
1856 – 1868
CUESTIÓN
RELIGIOSA
Católica
Religión oficial
• Confesionalidad del Estado
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