lunes, 26 de marzo de 2012

texto 34 siglo XX ley de principios de movimiento nacional

Ley de Principios del Movimiento Nacional

(17 de mayo de 1958)

Yo, Francisco Franco Bahamonde, Caudillo de España, consciente de mi responsabilidad ante Dios y ante la Historia, en presencia de las Cortes del Reino, promulgo como Principios del Movimiento Nacional, entendido como comunión de los españoles en los ideales que dieron vida a la Cruzada, los siguientes artículos

:

Artículo 1º- España es una unidad de destino en lo universal. El servicio a la unidad, grandeza y libertad de la Patria es deber sagrado y tarea colectiva de todos los españoles.

Artículo 2º- La Nación española considera como timbre de honor el acatamiento a la Ley de Dios, según la doctrina de la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, única verdadera y fe inseparable de la conciencia nacional, que inspirará su legislación.

Artículo 3º- España, raíz de una gran familia de pueblos, con los que se siente

indisolublemente hermanada, aspira a la instauración de la justicia y de la paz entre las

naciones.

Artículo 4º- La unidad entre los hombres y las tierras de España es intangible. La integridad de la Patria y su independencia son exigencias supremas de la comunidad nacional. Los Ejércitos de España, garantía de su seguridad y expresión de las virtudes heroicas de nuestro pueblo, deberán poseer la fortaleza necesaria para el mejor servicio de la Patria.

Artículo 5º- La comunidad nacional se funda en el hombre, como portador de valores eternos, y en la familia, como base de la vida social; pero los intereses individuales y colectivos han de estar subordinados siempre al bien común de la Nación, constituida por las generaciones pasadas, presentes y futuras. La Ley ampara por igual el derecho de todos los españoles.

Artículo 6º- Las entidades naturales de la vida social: familia, municipio y sindicato, son estructuras básicas de la comunidad nacional. Las instituciones y corporaciones de otro carácter que satisfagan exigencias sociales de interés general deberán ser amparadas para que puedan participar eficazmente en el perfeccionamiento de los fines de la comunidad nacional.

Artículo 7º- El pueblo español, unido en un orden de Derecho, informado por los postulados de autoridad, libertad y servicio, constituye el Estado Nacional. Su forma política es, dentro de los principios inmutables del Movimiento Nacional y de cuanto determinan la Ley de Sucesión y demás Leyes fundamentales, la Monarquía tradicional, católica, social y representativa

Artículo 8º- El carácter representativo del orden político es principio básico de nuestras

instituciones públicas. La participación del pueblo en las tareas legislativas y en las demás funciones de interés general se llevará a cabo a través de la familia, el municipio, el sindicato y demás entidades con representación orgánica que a este fin reconozcan las leyes . Toda organización política de cualquier índole, al margen de este sistema representativo, será consideradad ilegal

Artículo 9º- Todos los españoles tienen derecho:

1. A una justicia independiente, que será gratuita para aquellos que carezcan de

medios económicos;

2. A una educación general y profesional, que nunca podrá dejar de recibirse por

falta de medios materiales;

3. A los beneficios de la asistencia y seguridad sociales; y

4. A una equitativa distribución de la renta nacional y de las cargas fiscales. El ideal

cristiano de la justicia social, reflejado en el Fuero del Trabajo, inspirará la política y

las leyes.

Artículo 10º- Se reconoce al trabajo como origen de jerarquía, deber y honor de los españoles, y a la propiedad privada, en todas sus formas, como derecho condicionado a su función social. La iniciativa privada, fundamento de la actividad económica, deberá ser estimulada, encauzada y, en su caso, suplida por la acción del Estado.

Artículo 11º- La Empresa, asociación de hombres y medios ordenados a la producción,

constituye una comunidad de intereses y una unidad de propósitos. Las relaciones entre los elementos de aquélla deben basarse en la justicia y en la recíproca lealtad, y los valores económicos estarán subordinados a los de orden humano y social.

Artículo 12º- El Estado procurará por todos los medios a su alcance perfeccionar la salud física y moral de los españoles y asegurarles las más dignas condiciones de trabajo; impulsar el progreso económico de la Nación con la mejora de la agricultura, la multiplicación de las obras de regadío y la reforma social del campo; orientar el más justo empleo y distribución del crédito público; salvaguardar y fomentar la prospección y explotación de las riquezas mineras, intensificar el proceso de industrialización, patrocinar la investigación científica y favorecer las actividades marítimas, respondiendo a la extensión de nuestra población marinera y a nuestra ejecutoria naval

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